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Ayto.Granada: Portal del Personal Municipal

Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Vigilancia de la salud, Recursos humanos\Permisos, licencias y autorizaciones

Asistencia en accidente de trabajo

Descripción
Este trámite informa sobre la asistencia Sanitaria que proporciona la mutualidad y que abarca la atención inmediata en el momento del accidente, las consultas sucesivas y la posterior rehabilitación, prestando los servicios de urgencias médicas, asistencia ambulatoria y hospitalaria y especialidades médico-quirúrgicas en todos sus centros sanitarios.
Más información en el siguiente enlace: https://www.ibermutua.es/trabajadores-protegidos/coberturas-prestaciones-y-servicios/accidente-de-trabajo-y-enfermedad-profesional/asistencia-sanitaria/
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
En caso de producirse Accidente de Trabajo, la persona accidentada deberá ponerse en contacto con el Servicio de Administración de Personal y Acción Social de este Ayuntamiento, en cualquiera de los teléfonos 858957545, 858957574 ó 858957553, al objeto de notificar dicho accidente con el fin de poder cursar Volante Asistencial que el propio Servicio remitirá, por medios electrónicos, a la Mutua de Accidentes de Trabajo (actualmente IBERMUTUA).
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar

El personal municipal, salvo causa excepcional documentalmente justificada, deberá comunicar al Responsable de la Unidad en la que preste servicios, en el mismo día en que se produzca la incapacidad temporal, bien telefónicamente, bien mediante correo electrónico corporativo a dicho Responsable, la situación de incapacidad temporal acaecida al objeto de realizar la correspondiente reestructuración del servicio.

En el caso del personal adscrito tanto al Cuerpo de la Policía Local como al Servicio de Extinción de Incendios, deberán comunicar telefónicamente en el mismo día en que se produzca la incapacidad temporal a las correspondientes Jefaturas dicha situación para realizar la correspondiente reestructuración del servicio.
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
Solicitud de asistencia sanitaria
Para agilizar los trámites, es conveniente que el accidentado lleve consigo el DNI y el Volante de solicitud de asistencia sanitaria cumplimentado. Este documento está disponible en www.ibermutua.es. El paciente entregará el volante de solicitud de asistencia en el momento de la visita a urgencias, excepto en casos de gravedad.
En caso de no poder aportarlo en la primera asistencia, debe remitirse a Ibermutua a la mayor brevedad posible.
Enlace informativo
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Este trámite no se realiza on line, para descarga del volante de solicitud se utilizará la siguiente web www.ibermutua.es
Tramitación presencial
Para ello acuda al centro de Ibermutua más cercano, donde estamos especializados en la atención sanitaria urgente de accidentes laborales.
En caso de que usted desconozca dónde se encuentran ubicados nuestros centros, puede ponerse en contacto con la Línea de Atención Telefónica Integral 24 horas, 900 23 33 33, o consultar nuestra Red de centros.
Si no encuentra un centro Ibermutua cercano, acuda al centro médico más cercano.

IBERMUTUA (En Granada)
Centro Asistencial, Administrativo
Avenida Del Conocimiento Núm. 15, Parque Tecnológico de Ciencias de la Salud (Armilla)
18100
Teléfono: 958 52 12 99

En caso de urgencia, podrán dirigirse al Hospital de La Inmaculada sito en Calle Dr. Alejandro Otero, 8, C.P. 18004 Granada, teléfono 958 25 38 00
Tramitación telefónica
La Línea de Atención Telefónica Integral 24 horas, 900 23 33 33, que atiende y gestiona las urgencias médicas por accidente de trabajo y enfermedad profesional, tanto en España como en el extranjero. Para solicitar asistencia en el extranjero deberá llamar a través del número +34 91 744 51 01.
O al Teléfono de Emergencias de su zona geográfica: 112 (o similar).
Unidad gestora del trámite
Subdirección General de Prevención de Riesgos Laborales
Actuaciones administrativas
El Ayuntamiento de Granada tiene la obligación de transmitir al Instituto Nacional de la Seguridad Social a través del sistema de Remisión Electrónica de Datos (RED), con carácter inmediato y, en todo caso, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la recepción de la comunicación de la baja médica, los datos que se determinen mediante orden ministerial.

Para resolver las dudas surgidas por la cumplimentación de los Partes de Accidente, puede ponerse en contacto con su Centro de Ibermutua más cercano (Red de centros)

Efectos del silencio
Positivo

Se ofrecerá atención inmediata en las urgencias médicas

Fin de la vía administrativa
No
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Qué se considera accidente de trabajo? El artículo 156 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) determina que se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. (Con la aprobación de la Ley 20/2007, para los trabajadores autónomos o por cuenta propia que coticen por contingencia profesional esta definición también es válida «Se entenderá como accidente de trabajo del trabajador autónomo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de este régimen especial.»).

Por tanto, tendrán consideración de accidentes de trabajo:

Salvo prueba en contrario, son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar del trabajo.
Los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo. “Accidente in itinire». En el caso de los trabajadores autónomos se entenderá como accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. A estos efectos se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales (artículo 316.2, párrafo segundo, del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).
Los que sufra el trabajador con ocasión o como consecuencia del desempeño de cargos electivos de carácter sindical, así como los ocurridos al ir o al volver del lugar en que se ejerciten las funciones propias de dichos cargos.
Los ocurridos con ocasión o por consecuencia de las tareas que, aun siendo distintas a las de su categoría profesional, ejecute el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente en interés del buen funcionamiento de la empresa.
Los acaecidos en actos de salvamento y en otros de naturaleza análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo.
Las enfermedades, no incluidas en el artículo siguiente, que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo.
Las enfermedades o defectos, padecidos con anterioridad por el trabajador, que se agraven como consecuencia de la lesión constitutiva del accidente.
Las consecuencias del accidente que resulten modificadas en su naturaleza, duración, gravedad o terminación, por enfermedades intercurrentes, que constituyan complicaciones derivadas del proceso patológico determinado por el accidente mismo o tengan su origen en afecciones adquiridas en el nuevo medio en que se haya situado el paciente para su curación.

¿Que no tendrán la consideración de accidentes de trabajo?
Los que sean debidos a fuerza mayor extraña al trabajo, entendiéndose por ésta la que sea de tal naturaleza que no guarde relación alguna con el trabajo que se realizaba al sobrevenir el accidente. En ningún caso se considerará fuerza mayor extraña al trabajo la insolación, el rayo y otros fenómenos análogos de la naturaleza.
Los que sean debidos a dolo o a imprudencia temeraria del trabajador accidentado.

¿Que no impedirá la calificación de un accidente como de trabajo?
La imprudencia profesional que es consecuencia del ejercicio habitual de un trabajo y se deriva de la confianza que éste inspira.
La concurrencia de culpabilidad civil o criminal del empresario, de un compañero de trabajo del accidentado o de un tercero, salvo que no guarde relación alguna con el trabajo.

Para más información página web de la mutualidad: Ibermutuamur contingencias laborales

¿Quién comunica el parte médico de baja, confirmación o alta?
La Mutua remitirá los datos contenidos en los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por vía telemática, de manera inmediata, y, en todo caso, en el primer día hábil siguiente al de su expedición.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social, a su vez, comunicará a las empresas los datos identificativos de carácter meramente administrativo relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos del servicio público de salud, referidos a sus personas trabajadoras, como máximo, en el primer día hábil siguiente al de su recepción en dicho Instituto, para su conocimiento y cumplimiento. 

¿Qué sucede tras la asistencia médica?
Tras recibir asistencia médica el trabajador puede encontrarse en dos situaciones:

El trabajador sólo falta el día de trabajo y no causa baja
El trabajador causa baja (Para más información de esta situación enlace web: https://www.ibermutua.es/trabajadores-protegidos/coberturas-prestaciones-y-servicios/accidente-de-trabajo-y-enfermedad-profesional/que-hacer-en-caso-de-accidente/el-trabajador-causa-baja/

¿Cómo se realiza la presentación de las bajas médicas en el Ayuntamiento de Granada?
Toda la información referente a este trámite se encuentra en este portal del personal en la categoría de permiso, licencias y autorización, denominado Bajas médicas (presentación de partes)

¿Qué hacer en caso de Indisposición por enfermedad común o accidente no laboral?
Consulel el procedimiento de Indisposición

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