Licitaciones y Expedientes
2011/0052: Suministro de biomasa para el Patronato Municipal de Deportes de Granada
Documentación |
Pliego Claúsulas Administrativas | Pliego Prescripciones Tecnicas | Anexos |
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Plazo de presentación de ofertas | Presupuesto de Licitación | Lugar |
05/17/2011 02:00 PM | 495.533,57 | Patronato Municipal de Deportes. Sección de Contratación.- Granada, c/ Torre de Comares s/n, Granada - 18007. |
Mesa de contratación (Apertura de Proposiciones) | Mesa de contratación (Propuesta de Adjudicación) |
05/25/2011 08:30 AM | 06/07/2011 a las 8'35 horas |
Acuerdo de Adjudicación Definitiva |
Decreto de Vicepresidencia número 67/11 de 09/08/2011 |
Otra información:
Notificación:
La Vicepresidencia del Patronato Municipal de Deportes de Granada, con fecha nueve de agosto de dos mil once ha dictado decreto número 67/11, cuyo tenor literal es:
“Antecedentes:
Figuran en el expediente:
× Decreto núm. 110/11, emitido por la Vicepresidencia del Organismo el diecisiete de marzo de dos mil once, autorizando el inicio de expediente para la adjudicación, mediante procedimiento abierto – regulación armonizada, del contrato administrativo del suministro de biomasa para el Patronato Municipal de Deportes de Granada, aprobándose los Pliegos pertinentes en el mismo acto.
× Actas de las reuniones de la Mesa de Contratación del Patronato Municipal de Deportes, celebradas los días veinticinco de mayo, tres de junio, trece de junio y seis de juliode dos mil once.
× Documentación previa a la adjudicación remitida por el licitador el veintinueve de julio de dos mil once a requerimiento del Órgano de Contratación.
Estudiada la documentación anterior y vista propuesta de adjudicación presentada por la Mesa de Contratación del Patronato Municipal de Deportes de Granada, visto asimismo que existe crédito en la aplicación presupuestaria 33.3420.22103 del presupuesto del Organismo para el ejercicio 2011, según documento contable número 220119000001, emitido por la Sección Económica del Organismo el tres de marzo de dos mil once, así como el resto de documentos obrantes en el expediente, en aplicación del artículo 17 de los vigentes estatutos del Organismo, aprobados por el Excmo. Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el veinticinco de junio de dos mil diez y haciendo uso de la delegación que me fue otorgada por el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Granada y Presidente del Organismo con fecha catorce de junio de dos mil once,
DISPONGO:
1º Excluir del procedimiento las proposiciones presentadas por las siguientes mercantiles y por los motivos que se expresan:
Carsán Biocombustibles, S.L. – La mercantil requiere una cláusula adicional a las expuestas en los Pliegos vigentes, consistente en la solicitud al Patronato Municipal de Deportes de Granada de un aval bancario como garantía de pago, sin cuya presentación no se podría realizar el suministro.
Instalaciones Negratín, S.L. – El certificado de calidad ISO 9001:2008, no abarca el proceso de suministro de biomasa, tal como se exigía en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
Desarrollos Tecnológicos Intelec, S.L./Combustibles sólidos Ecokcal, S.L. – Presentan certificados de calidad para el proceso de instalación y mantenimiento de instalaciones de biomasa la primera y para comercialización de aceite de oliva la segunda, sin tener certificado el proceso de fabricación y suministro de biomasa.
2º Adjudicar el contrato de “Suministro de biomasa para el Patronato Municipal de Deportes de Granada” a favor de la mercantil Aprovechamientos madereros y tratamientos exteriores, S.A. en los términos expresados en su oferta y previstos en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones técnicas, y ello en base a las siguientes puntuaciones, obtenidas en aplicación de los criterios de adjudicación:
Empresas | Puntuación |
Aprovechamientos madereros y tratamientos exteriores, S.A. | 90,00 |
Carsán Biocombustibles, S.L. | 0,00 |
Instalaciones Negratín, S.L. | 0,00 |
Unión D.T. Intelec, S.L. – Combustibles sólidos Ecokcal, S.L. | 0,00 |
3º Aprobar las condiciones económicas del contrato en los siguientes términos:
Precio del contrato.- Cuatrocientos cuarenta y siete mil seiscientos treinta y seis euros con cincuenta céntimos (447.636,50.-)
División por anualidades
Periodos | Importe | Anualidades | Importe |
01/09/2011 a 31/12/2011 | 35.772,36 | Primer año | 107.317,08 |
01/01/2012 a 31/08/2012 | 71.544,72 |  |  |
01/09/2012 a 31/12/2012 | 36.773,96 | Segundo año | 110.321,96 |
01/01/2013 a 31/08/2013 | 73.548,00 |  |  |
Total contrato inicial | 217.639,04 |  |  |
Periodos | Importe | Anualidades | Importe |
01/09/2013 a 31/12/2013 | 37.803,62 | Tercer año | 113.410,98 |
01/01/2014 a 31/08/2014 | 75.607,36 |  |  |
01/09/2014 a 31/12/2014 | 38.862,16 | Cuarto año | 116.586,48 |
01/01/2015 a 31/08/2015 | 77.724,32 |  |  |
Total contrato + prórroga | 447.636,50 |  |  |
Precios unitarios
Se establecen los siguientes precios unitarios, entendiendo que incorporan todos los gastos e impuestos inherentes a la prestación, con excepción del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Pellet 0,190 €/Kg.
Hueso de aceituna 0,125 €/Kg.
Revisión de precios
Los precios unitarios se revisarán anualmente, una vez cumplido el primer año de prestación, mediante la aplicación del 85% de la variación anual del Índice General de Precios al Consumo del periodo DIC/DIC.
3º Se efectúe la disposición del crédito, necesario y suficiente para cubrir las obligaciones derivadas de la ejecución del contrato durante el ejercicio 2011 (agosto a diciembre) a favor de Aprovechamientos Madereros y tratamientos exteriores, S.A., por un importe total de cuarenta y dos mil doscientos once euros con treinta y nueve céntimos (42.211,39.-), todos los conceptos e impuestos incluidos.
4º Autorizar el inicio del contrato para el uno de septiembre de 2011, estableciéndose la vigencia total en cuatro años, distribuidos en:
Vigencia inicial.- 01/09/2011 a 31/08/2013
Prórroga.- Una única prórroga de dos años de duración correlativa a la finalización del contrato inicial.
Notifíquese a los interesados y a las Unidades Administrativas afectadas”.
Contra el anterior decreto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter potestativo, RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN, que en todo caso deberá interponerse con anterioridad al correspondiente recurso contencioso-administrativo.
Antes de interponer el recurso especial en materia de contratación, las personas físicas y jurídicas legitimadas para ello podrán solicitar ante el órgano competente para resolver el recurso la adopción de medidas provisionales.
Contra la resolución del recurso administrativo especial en materia de contratación, sólo procederá la interposición del recurso contencioso-administrativo, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Granada.
Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos."
La información facilitada tendrá exclusivamente carácter ilustrativo y no originará derechos ni expectativas de derecho.
Página publicada desde: 03/24/2011 12:00 PM. Última actualización: 08/18/2011
Información Histórica. Fecha de baja: 08/31/2011. Versiones: 7