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Urbanismo, Obras y Licencias


Conservación de Edificios

7. Comó se pasa el IEE


El Informe de Evaluación del Edificio será encargado a un técnico competente que deberá suscribirlo junto con el titular obligado, conforme a la documentación oficial recogida en los Anexos de la Ordenanza Municipal arriba referida (www.granada.org), presentándolo en el registro municipal del Ayuntamiento para su constatación por el Servicio de Conservación de la Edificación. Serán de cuenta del obligado los honorarios profesionales que se deriven de la obtención del Informe de Evaluación, sin perjuicio del sistema de ayudas públicas que se instrumente por el Estado o la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En el supuesto de que el Informe de Evaluación sea Favorable el órgano municipal adoptará y comunicará acuerdo en ese sentido favorable.

En el caso de que el informe de evaluación no sea Favorable y exprese la necesidad de acometer obras de conservación/rehabilitación o la adopción de medidas urgentes para alcanzar las condiciones exigibles, el órgano de gestión municipal, realizará alguna de las siguientes actuaciones:

a) Requerir al interesado para que en el plazo de 6 meses solicite licencia municipal para la ejecución de las obras de conservación indicadas.
b) Dictar la pertinente orden de ejecución de las medidas urgentes, en los plazos que se consideren oportunos para cada caso.

Una vez ejecutadas las obras y medidas anteriores y corregidas las deficiencias señaladas en el Informe de Evaluación se aportará el “Certificado Técnico de Ejecución de Obras de Conservación y Acta Favorable”, según modelos oficiales del Anexo 3 (granada.org), que deberá concluir que la edificación o construcción reúne las condiciones exigidas, adoptándose y notificándose acuerdo por el órgano municipal en el sentido favorable.

Las copias del primer y sucesivos informes de evaluación del edificio y sus correspondientes documentos se unirán al Libro del Edificio, o en su defecto a la documentación técnica del mismo, y deberán ser conservados por los propietarios y transmitidos, en caso de enajenación por cualquier título, a sus nuevos titulares.
http://www.granada.org/urbanismo.nsf/byclave/DJTNPRT    Página actualizada el: 10/22/2019
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