Resumen: La Jurisdicción Contencioso-administrativa es una pieza capital de nuestro Estado de Derecho. Desde que fue instaurada en nuestro suelo por las Leyes de 2 de abril y 6 de julio de 1845, y a lo largo de muchas vicisitudes, ha dado sobrada muestra de sus virtualidades. Sobre todo desde que la Ley de 27 de diciembre de 1956 la dotó de las características que hoy tiene y de las atribuciones imprescindibles para asumir la misión que le corresponde de controlar la legalidad de la actividad administrativa, garantizando los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos frente a las extralimitaciones de la Administración.
Contenido
BOE núm. 167 de 14 de Julio de 1998
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa
Puede consultar el contenido completo en el siguiente enlace al Boletín Oficial del Estado:
Ley 29/1998