DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
EDICTO
Dª. Mª FRANCISCA CARAZO VILLALONGA, ALCALDESA
HACE SABER: Se ha dictado Decreto relativo al procedimiento de pase a segunda actividad por razón de edad para el año 2025 del personal adscrito a la Jefatura de la Policía Local, siendo su tenor literal el que sigue:
Aceptando la propuesta del Teniente Alcalde Delegado de Recursos Humanos, Organización, Ciudad Inteligente, Digitalización e Innovación a efectos de iniciar el procedimiento de pase a segunda actividad por razón de edad de funcionarios/as de la Policía Local que se encuentran en la situación de servicio activo para el
año 2025, y a la vista del informe emitido por la Jefa del Servicio de Recursos Humanos con el conforme del Director General de Recursos Humanos, del que se desprende:
“Primero.- La situación de segunda actividad de la Policía Local esta prevista en la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía y en el Decreto 135/2003, de 20 de mayo.
El procedimiento para el pase a segunda actividad por razón de edad se iniciará de oficio. Se establece para el pase a dicha situación, el cumplimiento de la edad determinada para cada escala de:
- Para la Escala Técnica: Sesenta años.
- Para la Escala Ejecutiva: Cincuenta y siete años.
- Para la Escala Básica: Cincuenta y cinco años.
Segundo.- La Jefatura de la Policía Local ha informado que, debido a la actual falta de efectivos en el cuerpo, se ha decidido limitar, para este año, el pase a la situación administrativa de segunda actividad por razón de edad.
Esta medida se adopta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.2 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, y el artículo 13 del Decreto 135/2003, de 20 de mayo, los cuales establecen que “
El Ayuntamiento, motivadamente, podrá limitar por cada año natural y categoría el número de personas funcionarias que puedan acceder a la situación de segunda actividad por edad, prorrogando la permanencia en el servio activo de quienes, en orden inverso al de la fecha en que cumplan la edad, excedan del cupo así fijado.
A tal efecto se dictará Resolución en el mes de diciembre anterior al año en el que se fuera a producir el pase de los funcionarios a la segunda actividad.”
De esta manera, se asegura la disponibilidad de personal para cubrir las necesidades del servicio de Policía Local, evitando posibles vacíos que afecten su operatividad; situación que será revisada en el año 2026, cuando se hayan cubierto las plazas vacantes recientemente convocadas correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de los años 2022, 2023 y 2024, lo que permitirá revalorar la necesidad de la medida y, en su caso, ajustar el pase a la segunda actividad conforme a los efectivos disponibles en ese momento.
En virtud de las atribuciones conferidas a esta Alcaldía por el art. 124.4 i) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y art. 8.1 h) del ROM,
HE RESUELTO:
PRIMERO.- LIMITAR en el año 2025 el procedimiento de pase a segunda actividad por razón de edad para el personal funcionarial de las escalas técnica y básica de Policía Local que cumplirán la edad establecida en la correspondiente escala en el próximo año, de conformidad con lo previsto en el artículo 37.2 de la Ley 6/2023, de 7 de julio, de Policías Locales de Andalucía, y el artículo 13 del Decreto 135/2003, de 20 de mayo.
SEGUNDO.- NOTIFICAR la presente resolución al personal funcionarial de las escalas técnica y básica de Policía Local que cumplirán la edad establecida en la correspondiente escala en el año 2025 así como a la Jefatura de la Policía Local.
Lo que se hace público para general conocimiento.
(Firmado electrónicamente en Granada en la fecha abajo indicada)
La Alcaldesa
Mª Francisca Carazo Villalonga
