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Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales
concurso oposición para la cobertura, con carácter interino de una plaza de Arquitecto
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GERENCIA DE URBANISMO Y OBRAS MUNICIPALES
EDICTO Por haberlo acordado la Presidencia de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, con fecha 6 de octubre de 2005, se convoca concurso oposición para la cobertura, con carácter interino de una plaza de Arquitecto, del servicio de intervención en la edificación y usos del suelo de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales, de acuerdo con las siguientes bases y baremo de méritos: Bases para la provisión de forma interina de una plaza de Arquitecto de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales del Excmo. Ayuntamiento de Granada.
1. Normas generales.
1.1 Objeto de las bases y número de plazas.
Es objeto de las presentes bases la provisión, con carácter interino, mediante concurso-oposición, de una plaza vacante de Arquitecto, del servicio de intervención en la edificación y usos del suelo de la Gerencia de Urbanismo y Obras Municipales.
1.2 Régimen jurídico aplicable.
La presente convocatoria se regirá por las presentes bases y por las siguientes normas de aplicación General.
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 14 de enero; Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril por el que se aprueba el Texto Refundido de disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.
2. Condiciones y requisitos de los aspirantes 2.1 Generales.
Para poder ser admitidos a las pruebas los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
a) Nacionalidad española o la de algún estado miembro de la Unión Europea.
b) Tener cumplidos 18 años de edad el día que termine el plazo de presentación de instancias.
c) No padecer enfermedad o limitación física o psíquica que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
d) No haber sido separado del servicio al Estado, a las CC.AA. o a las entidades locales, mediante expediente disciplinario, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, salvo que haya sido rehabilitado y así se acredite.
e) Estar en posesión del título exigido: Arquitecto, o estar en condiciones de obtenerlo a la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
3. Solicitudes.
3.1 Forma.
Quienes deseen tomar parte en estas pruebas deberán solicitarlo mediante modelo de solicitud que les será facilitado en las oficinas de la Gerencia de Urbanismo y OO.MM y que aparece en el Anexo 2 de estas Bases.
También podrán hacerlo de alguna de las formas previstas en el artículo 70 de la Ley 30/92 de Régimen jurídico y PAC.
3.2 Documentos.
A la instancia se deberá acompañar: - Fotocopia compulsada del DNI.
- Hoja autobaremable, donde consten de manera clara los méritos a valorar, previstos en esta convocatoria, omitiendo aquellos otros que no sean objeto de valoración.
- Fotocopias compulsadas de los diplomas o certificados de los méritos que se aleguen.
El tribunal podrá exigir los originales de la documentación para su cotejo y comprobación en cualquier momento.
3.3 Plazo de presentación.
Deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales, contados desde el siguiente a aquel en que aparezca publicada el extracto de la convocatoria en el B.O.P.
3.4 Lugar de presentación.
Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Granada (Distrito Centro) sito en c/ Gran Capitán 22, o por los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992,del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
4. Admisión de candidatos.
Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Presidente dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as fijando las fechas del comienzo de las pruebas y haciendo pública la composición del tribunal de la misma. En su caso, en dicha resolución, se recogerá que se concede un plazo de 10 días naturales para la subsanación de errores. Tanto esta resolución como el resto de resoluciones y actos administrativos que guarden relación con esta convocatoria sólo se publicarán en el tablón de edictos de esta Gerencia.
5. Tribunal calificador.
Presidido por el Vicepresidente de la Gerencia, estará integrado por el Gerente, La Secretaria o Vicesecretario General, dos Arquitectos de la Gerencia y tres funcionarios designados por la representación sindical.
Serán designados asimismo suplentes para cada miembro del tribunal.
Los vocales deberán tener una titulación igual o superior a la exigida para la plaza convocada. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares o suplentes. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992.
El tribunal podrá contar con la colaboración de asesores técnicos para que asistan al tribunal en aquellas materias que lo requieran por su mayor complejidad o especialización.
Tendrán voz pero no voto, limitando su actuación al ejercicio de su especialidad técnica y en tareas de vigilancia y control en el desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.2 Actuación del tribunal.
Al tribunal le corresponde velar por el buen desarrollo del proceso selectivo, dilucidar las cuestiones planteadas durante el mismo, aplicar los baremos y tiene plena competencia para resolver cuantas incidencias se presenten y no se encuentren previstas en las bases.
6. Pruebas selectivas.
La selección se realizará mediante concurso-oposición.
6.1 Fase de concurso.
No tiene carácter eliminatorio y constará de una fase: - Valoración de méritos alegados.
El tribunal se reunirá y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes.
El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Gerencia, con una antelación de al menos 48 horas a la realización del ejercicio.
Se valorarán los siguientes méritos: Méritos generales:
A) Méritos académicos: con una valoración máxima de 1 punto.
Por cada titulación de grado superior aparte de la exigida en la presente convocatoria se otorgará un punto.
B) Méritos profesionales: con una valoración máxima de 2 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en puestos de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la certificación del organismo competente: 0’06 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante certificación del organismo competente: 0’04 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado por contrato de trabajo visado por el INEM, certificado de cotizaciones u otro documento de igual fuerza probatoria: 0’03 puntos.
No se computarán los servicios prestados simultáneamente con otros servicios también alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
C) Formación y perfeccionamiento.
Con una valoración máxima de hasta 2 puntos.
Cursos de formación y perfeccionamiento, incluidos los de doctorado, que estén relacionados con la plaza a que se opta e impartidos por instituciones de carácter público, o instituciones privadas si están homologadas ofi- cialmente para la impartición de cursos, con la siguiente duración: - De 10 a 14 horas (2 días): 0’05 puntos - De 15 a 40 horas (3-7 días): 0’10 puntos - De 41 a 70 horas (8-12 días): 0’20 puntos - De 71 a 100 horas (13-21 días): 0’50 puntos - De 101 a 199 horas (22-40 días): 0’75 puntos - De 200 horas y más: 1’00 puntos Los cursos en los que no se exprese número de horas tendrán la puntuación mínima.
6.2 Fase de oposición.
Constará de un ejercicio práctico: formulación de un informe técnico relacionado con las tareas propias del puesto. Con posterioridad a su realización escrita los aspirantes deberán leer y defender ante la Comisión de Selección la solución dada al supuesto práctico planteados, pudiendo los miembros de la Comisión de Selección dialogar con el aspirante y pedirle cualquier aclaración complementaria.
El tiempo de realización de esta prueba será de dos horas.
Puntuación máxima a obtener en esta fase será de 5 puntos.
7. Calificación final.
La calificación final de los aspirantes vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en la fase de oposición.
Finalizada la calificación el tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas.
El tribunal no podrá aprobar a un número mayor que el de plazas.
El tribunal elevará la propuesta de nombramiento interino al Presidente de la Gerencia
8. Presentación de documentos.
El aspirante presentará, dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la relación de aprobados los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos.
9. Norma final.
La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las AA.PP y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
Granada, 6 de octubre de 2005.-El Presidente.
ANEXO I: “Plaza a la que se aspira: ......
Sistema de selección: concurso-oposición D./Dª ......, DNI núm. ......, Lugar a efecto de notificaciones ...... Población ......
C.P. ...... Provincia ...... Teléfonos ...... Edad ...... Nacionalidad ...... Convocatoria ...... Fecha B.O.P. ......
Titulación
1. Fotocopia del título exigido para el ingreso o documento oficial de su solicitud.
2.El/la abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella y que reúnen las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada comprometiéndome a probar documentalmente todos los datos que figuran en la solicitud.
En ......, a ...... de ...... de ......
1º Méritos académicos (mÁx. 1 punto) ......
2º Experiencia profesional: (máximo 2 puntos) ......
a) Servicios prestados en la Administración Local (0,06 puntos por mes) ......
b) Servicios prestados en otras AA.PP. (0,04 puntos por mes) ......
c) Servicios prestados empresa privada (0,03 puntos por mes) ......
2º Formación: (máximo 2 puntos) ......
Cursos:
- De 15 a 40 horas (3-7 días): 0’10 puntos ......
- De 41 a 70 horas (8-12 días): 0’20 puntos ......
- De 71 a 100 horas (13-21 días): 0’50 puntos ......
- De 101 a 199 horas (22-40 días): 0’75 puntos ......
- De 200 horas y más: 1’00 puntos ......
Total puntuación ......
url: http://www.granada.org/inet/wgr.nsf/buscaindice!open&indice=AAA009C4
Según contestación a consulta efectuada a la Agencia de Protección de Datos el 29/03/2004: "La publicación de datos personales en Internet constituye un tratamiento automatizado de datos personales. Por ello, se requiere el previo consentimiento de los titulares de los datos para esa publicación, salvo que los datos figuren, a su vez, en fuentes accesibles al publico (como los Boletines Oficiales)."
Página publicada desde 05/11/2020