Igualdad
2022 Convocatoria becas madres jóvenes estudiantes 2022-2023
BOP 188/2022 (del 09/30/2022)
Plazo de Presentación de solicitudes
Deberán presentar la solicitud en el plazo de 30 días naturales, desde el 1 al 30 de octubre de 2022, ambos inclusive Resumen
Las “Becas para Madres Jóvenes Estudiantes” tienen por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar a las madres jóvenes estudiantes de la ciudad de Granada para compatibilizar el cuidado de sus hijos e hijas menores de cinco años y la continuación de sus estudios.
Igualdad de Oportunidades
Las “Becas para Madres Jóvenes Estudiantes” tienen por objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de apoyar a las madres jóvenes estudiantes de la ciudad de Granada para compatibilizar el cuidado de sus hijos e hijas menores de cinco años y la continuación de sus estudios.
Becas para madres jóvenes estudiantes curso 2022-2023
Puede acceder al contenido completo de la propuesta definitiva de concesión a través del siguiente enlace:
Propuesta definitiva concesión
Puede acceder al contenido completo de la propuesta provisional de concesión a través del siguiente enlace:
Propuesta provisional concesión
Las interesadas en obtener esta beca deberán presentar la solicitud en el plazo de 30 días naturales,
desde el 1 al 30 de octubre de 2022, ambos inclusive.
, conforme al modelo de solicitud normalizado debidamente cumplimentada y firmada por la solicitante y, en caso de ser menor de edad, por la persona representante.
Puede acceder al contenido completo de la convocatoria, extracto y acuerdo de la Junta de Gobierno local a través del siguiente enlace:
Convocatoria de becas madres jóvenes estudiantes
Para ser beneficiaria se deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Ser menor de 33 años en el año de solicitud de la beca.
b) Ser madre de una hija o un hijo menor de cinco años, en el año de solicitud de la beca.
c) Estar empadronada en el municipio de Granada con seis meses de antelación a la finalización de la convocatoria.
d) Cursar estudios de formación reglada o no reglada.
Esta última deberá ser impartida en un centro de reconocimiento oficial con una duración de al menos 250 horas lectivas o 10 créditos. Se excluyen los cursos a distancia o teleformación.
Los requisitos señalados en el apartado 1 deberán mantenerse durante todo el periodo que abarque el curso académico o de formación, excepto los apartados a) y b) en relación a la edad.
1.Cursar los estudios en la modalidad en la que se encuentra matriculada de acuerdo con el calendario de formación establecido.
2.Acreditar la asistencia y aprovechamiento aquellas solicitantes que cursen Formación Básica para Personas Adultas.
3.Comunicar por escrito al Ayuntamiento de Granada, Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, cualquier cambio de domicilio, centro educativo, número de teléfono, etc. al objeto de ubicarla para fines
administrativos.
4.Poner en conocimiento del Ayuntamiento de Granada Área de Familia, Bienestar Social e Igualdad de Oportunidades, la no incorporación o el abandono de los estudios en los que se ha matriculado.
La formación ha de realizarse en el periodo en el que se desarrolla el curso académico correspondiente a la convocatoria en la que se presenta la solicitud.
1. Las solicitudes debidamente cumplimentadas y firmadas, irán acompañadas de la siguiente documentación:
a)Acreditativa de la personalidad:
- D.N.I. de la persona solicitante.
-Declaración responsable de no encontrarse inhabilitada para contratar con las Administraciones Públicas o para obtener subvenciones de las mismas.
b)Acreditativa de la unidad familiar:
- Libro de familia.
-Certificado que acredite el grado de discapacidad en el caso de haber un/a miembro discapacitado/a en la unidad familiar.
c)Acreditativa de los estudios en los que se ha matriculado:
- Matrícula del curso.
-Certificado que acredite el nº de horas o créditos del curso.
d)Acreditativa de los ingresos en la unidad familiar:
2. En el caso de que la solicitud de beca sea formulada por mujeres que formen parte de unidades familiares de las que las administraciones tributarias no dispongan de datos, será la persona solicitante quien deba aportar información fehaciente sobre la situación económica de la renta de su unidad familiar, denegándose la beca en caso contrario.
Cualquier otra documentación que en su caso establezcan los acuerdos del órgano concedente en la orden de convocatoria o en el acto de concesión.
Aquellas solicitantes que cursen formación de Educación para Personas Adultas habrán de acreditar su asistencia y aprovechamiento (nº créditos/ titulo en su caso) mediante certificado expedido por el centro en el que se ha cursado la formación, a la finalización del curso.
El importe máximo a subvencionar por cada solicitud será de 650,00 euros
1. Las solicitudes serán valoradas sobre una puntuación máxima de 25 puntos, distribuidos conforme a los siguientes criterios:
Criterios familiares (Máximo 20 puntos)
1.Nº de miembros de la unidad familiar a cargo de la solicitante (hasta 5 puntos)
-2 miembros: 2 puntos;
-3 miembros: 4 puntos;
-4 miembros o más: 5 puntos
2.Nº de miembros menores de cinco años de la unidad familiar a cargo de la solicitante (hasta 5 puntos)
-1 miembro: 2 puntos;
-2 miembros: 4 puntos;
-3 miembros o más: 5 puntos
3.Nº de miembros con discapacidad de la unidad familiar a cargo de la solicitante (hasta 5 puntos)
-1 miembro: 2 puntos;
-2 miembros: 4 puntos;
-3 miembros o más: 5 puntos
4.Unidad familiar monoparental (5 puntos)
Criterios económicos (Máximo 5 puntos)
5.Renta anual de la unidad familiar per cápita (hasta 5 puntos)
-Superior al 50% del IPREM anual: 1 punto
-Entre el 25% y el 50%: del IPREM anual: 2 puntos
-Inferior al 25% del IPREM anual: 5 puntos
Estos criterios serán de aplicación cuando el número de solicitudes de becas aprobadas a trámite supere la asignación presupuestaria en la convocatoria respectiva. En caso de empate, se dilucidará mediante la selección de las solicitantes que obtengan mayor puntuación, aplicando uno a uno, en el mismo orden y con carácter excluyente, los criterios recogidos en el apartado 2. De persistir el empate se atenderá a la menor renta familiar.
Puede consultar las bases en el siguiente enlace:
Bases
Puede consultar el contenido del presupuesto a través del siguiente enlace:
Presupuesto 2022
Puede obtener y consultar los impresos de solicitud y formularios en los siguientes enlaces:
Impreso de solicitud
2022-2023 Becas Madres Jóvenes Estudiantes
Designación de cuenta bancaria y comunicación de baja de datos bancarios