Servicio dirigido a las personas que han sido reconocidas por la Junta de Andalucía como personas dependientes.
A través de un estudio de su situación personal se realizan los trámites necesarios para el acceso a diversos servicios que pretenden fomentar la autonomía personal.
Podrán recibir servicios derivados de este sistema las y los españoles que cumplan los siguientes requisitos:
* Encontrarse en situación de dependencia en alguno de los grados establecidos.
* Residir en territorio español y haberlo hecho durante cinco años, de los cuales dos deberán ser inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
El procedimiento de reconocimiento de la situación de dependencia, únicamente podrá iniciarse a instancia de las personas que pudiesen estar afectadas por algún grado de dependencia o de quien ostente su representación legal (padre, madre, tutor, guardador de hecho) o voluntaria (apoderado o mandatario verbal).
La solicitud se acompañará de determinados documentos (original o fotocopia compulsada o cotejad que acredite los requisitos:
- Fotocopia compulsada/ cotejada de DNI/NIE/pasaporte de la persona interesada.
En caso de que la solicitud la realizar su representante legal / o guardador de hecho .
- Fotocopia compulsada/ cotejada de DNI/NIE/ pasaporte de la persona que ostenta la representación legal/guarda de hecho.
Acreditación de la representación legal o voluntaria:
- Fotocopia compulsada/cotejada del libro de familia.
- Fotocopia compulsada/cotejada de la sentencia que declare la incapacitación de la persona interesada y de la designación de tutor
- Fotocopia compulsada/cotejada de la resolución administrativa que declare el desamparo.
- Declaración de guardador/a de hecho.
- Poder notarial.
Puede obtener el modelo de solicitud a través del siguiente enlace a la web de la Junta de Andalucía: Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad (abre en ventana nueva)