Descripción
Permite solicitar el abono de gastos de inscripción y la autorización de ausencia en cursos externos de formación en los que el Ayuntamiento no tiene participación.
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
- Cursos que impliquen ausencia del puesto de trabajo: con diez días naturales de antelación al inicio del curso.
- Cursos que no impliquen ausencia del puesto de trabajo: En cualquier momento anterior a la finalización del curso.
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar
Otros requisitos
Requisitos para la autorización:
- Solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
- Existencia de relación entre los contenidos del curso y el puesto de trabajo y, si el curso es presencial, además, que la ausencia en el puesto de trabajo no ocasione detrimento para el servicio.
Además:
- Que la persona solicitante esté incluida en el perfil especificado por la organización.
- Que se obtenga información suficiente sobre objetivos, contenido y metodología.
- Que los contenidos de la acción formativa no se oferten dentro del Plan de Formación Municipal.
- Que al finalizar la acción formativa se expida certificado.
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
Documentación en poder de la Administración
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
Unidad gestora del trámite
Subdirección General de Recursos Humanos
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Existe algún límite para el abono de los gastos de inscripción?
El abono de gastos de inscripción será como máximo de 300,50 euros anuales, límite global para todas las modalidades (Aula Mentor, EOI, etc) supeditado a la existencia de consignación presupuestaria.
Tendrán preferencia las acciones formativas organizadas por instituciones u organismos públicos.
¿Cuántos cursos puedo solicitar al año?
Si implican ausencia del puesto de trabajo, ésta no puede exceder de 60 horas anuales.
¿Y si no puedo presentar la solicitud antes de los diez días naturales establecidos?
La solicitud se admitirá siempre que esté en el Subdirección General de Acceso al Empleo Público y Formación al menos tres días naturales antes del inicio del curso, se motive la imposibilidad de presentación en plazo y se acompañe informe de la Jefatura sobre la conveniencia de la realización.
¿Qué ocurre si no tengo confirmación de la admisión al curso por parte de la organización?
La solicitud ha de prentarse en el plazo establecido aunque no se tenga confirmación de adminsión al curso. Existe un campo de observaciones en el formularo donde debe indicarse tal extremo. Una vez que se reciba la confirmación de admisión o denegación deberá comunicarse a formación.