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Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Provisión de puestos

Provisión puestos de trabajo. Concurso ordinario

Descripción
Procedimiento ordinario establecido para la provisión de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Granada no singularizados, vacantes o cubiertos de manera provisional, de nivel igual o inferior al complemento de destino 21.
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)

Se puede consultar toda la información sobre los procesos activos y finalizados en el enlace informativo incluido más abajo
Periodo de Solicitud
Estado del trámite
Plazo cerrado
Observaciones
Quien lo puede solicitar
Otros requisitos
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
Concurso ordinario: Modelo Anexo III

Documentación en poder de la Administración
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line

Enlace informativo
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
Unidad gestora del trámite
Dirección General de Recursos Humanos
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Negativo; Caducidad

Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Qué méritos son susceptibles de ser baremados?
En el caso del concurso ordinario solo serán objeto de valoración los méritos generales, de acuerdo con el siguiente baremo:
Grado personal (hasta 24,00 puntos).
Trabajo desarrollado (hasta 64,00 puntos).
Cursos de Formación y Perfeccionamiento. (hasta 48,00 puntos).
Los cursos trasversales tendrán una puntuación máxima en este apartado de 16,00 puntos del total y las acciones específicas por el resto.
Antigüedad (hasta 24,00 putos).

¿Cuál es la puntuación mínima que han de alcanzar los/as candidatos/as para poder optar a ser seleccionados para el puesto?
La propuesta de resolución deberá recaer sobre el candidato que haya obtenido mayor puntuación, según el baremo de méritos, sumados los resultados finales de ambas fases, siendo necesario alcanzar las siguientes puntuaciones mínimas:
En el caso del concurso ordinario, el 50% de los méritos generales, esto es, 80 puntos.

¿Es necesario aportar toda la formación extra académica recibida o impartida?
Sólo aquella que no conste en el expediente personal, por ello que se recomienda la vista por parte de los solicitantes de sus expedientes personales en la Dirección General de Personal para sólo aportar aquella formación extra académica que no conste en ellos.

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Icono de archivo anexo
Ayto.Granada_ Provisión puestos de trabajo. Concurso ordinario.pdf