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Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Provisión de puestos

Concurso de traslados

Descripción
Procedimiento mediante el que se facilita la movilidad funcional de los empleados públicos del Ayuntamiento de Granada que desempeñan puestos de trabajo no singularizados conforme a la Relación de Puestos de Trabajo (en adelante RPT), entre las distintas Direcciones Generales o centros de trabajo municipales. A estos traslados les será de aplicación directa los arts. 73 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, y 59 y 61 del RD 364/95, de 10 de marzo.

No se considerará traslado, de acuerdo con estas bases, el cambio de adscripción del puesto de trabajo entre los distintos Departamentos o Servicios de una misma Dirección General, salvo que suponga cambio de centro de trabajo de manera definitiva; debiendo comunicarse a la Dirección General de Recursos Humanos a los efectos oportunos.

El personal municipal que participe tendrá preferencia para ocupar los puestos vacantes que se oferten, siempre y cuando se mantengan los requisitos generales de acceso y participación. El de nuevo ingreso optará, de esta manera, por aquellos que se queden libres una vez concluida las convocatorias ordinarias o extraordinarias, en su caso.

Existen las siguientes modalidades de concurso de taslados:
- Modalidad A. Concurso de traslados ordinario interáreas.
- Modalidad B. Concurso de traslados ordinario intraáreas-centros de trabajo de una misma área funcional.
- Modalidad C. Concurso de traslados extraordinario.

(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Convocatoria concurso de traslados ordinario interareas. Modalidad A (Plazo solicitud desde el 22 al 28 de enero de 2025, ambos inclusive.)
Convocatoria concurso de traslados ordinario intercentros. Modalidad B (Plazo solicitud desde el 22 al 28 de enero de 2025, ambos inclusive.)
Periodo de Solicitud
El periodo de solicitud dependerá del tipo de convocatoria:

- Ordinario de traslados interáreas: en el plazo de tres meses anteriores a la toma de posesión de nuevos funcionarios de carrera o personal laboral fijo, consecuencia de los procesos selectivos incluidos en las ofertas de empleo público que se desarrollen o procesos de promoción interna siempre que supongan la creación de puestos vacantes nuevos, se convocará el concurso ordinario de traslado interáreas (modalidad A).

- Ordinario de traslados intraárea. Cambio de centro de trabajo: en el plazo de tres meses anteriores a la toma de posesión de nuevos funcionarios de carrera o personal laboral fijo, consecuencia de los procesos selectivos incluidos en las ofertas de empleo público que se desarrollen o procesos de promoción interna siempre que supongan la creación de puestos vacantes nuevos, se procederá a realizar concurso ordinario de traslados intraáreas, que suponga exclusivamente un cambio del centro de trabajo, sin que se altere la dependencia orgánica del puesto en cuestión en la misma dirección general o área (modalidad B).

- Extraordinaria: en el primer trimestre de cada año se podrá convocar el concurso de traslados extraordinario para aquel personal municipal que, reuniendo los requisitos exigidos en esta, desee cambiar su adscripción a otra dirección general o centro de trabajo, siempre que no se haya efectuado en el año anterior ningún concurso ordinario. En este caso se podrá incluir en la convocatoria aquellas plazas no ofertadas en el anterior concurso ordinario, siempre que sea posible conforme a la clasificación de los puestos en la RPT (modalidad C).

Se presentarán, en el plazo de cinco días las solicitudes a las modalidades A y B y en el de quince las de la modalidad C, hábiles en cualquier caso, a partir de la publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios municipal.
Estado del trámite
Plazo cerrado
Observaciones
Quien lo puede solicitar
Requisitos generales:
- Ser personal del Ayuntamiento de Granada que ostente la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo en situación de servicio activo, excedencia voluntaria por cuidado de familiar o cualquier otro tipo de excedencia que suponga reserva tanto de plaza como de puesto de trabajo.
- También podrán participar los funcionarios interinos o personal laboral interino, en ambos casos, de plaza vacante, cuando así lo determine la convocatoria conforme a las cuestiones específicas de cada modalidad. Produciéndose la asignación de nuevo destino únicamente cuando no se cubran los puestos ofertados o futuras vacantes por personal funcionario de carrera o laboral fijo.

Requisitos específicos:
- Modalidad A. Concurso de traslados ordinario interáreas.
Podrán participar funcionarios de carrera o personal laboral fijo que ocupen, según la adscripción del puesto ofertado en la RPT, plaza de la misma categoría cuya provisión está prevista en los procesos selectivos incluidos en la oferta de empleo público (causa de la convocatoria).

- Modalidad B. Concurso de traslados ordinario intraáreas-centros de trabajo de una misma área funcional.
Podrán participar funcionarios de carrera o personal laboral fijo que, según la adscripción del puesto ofertado en la RPT, desempeñen puesto con igual clasificación que los convocados en los procesos selectivos incluidos en la oferta de empleo público (causa de la convocatoria) y adscritos a la Dirección General o máximo órgano que culmine la organización administrativa en la que figuran los puestos incluidos en el concurso, si bien en un centro de trabajo distinto.
Otros requisitos
- Haber transcurrido dos años a partir de la toma de posesión del puesto de trabajo que se desempeñe con carácter definitivo (interino en su caso).
- No haber obtenido traslado en ninguna convocatoria ordinaria o extraordinaria en los dos años inmediatamente anteriores al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes de la que se convoque.

No podrán participar aquellos empleados públicos que:
- Les falte menos de dos años para su jubilación.
- Hayan obtenido cualquier otra plaza, tanto en el Ayuntamiento de Granada como en cualquier otra Administración, y coincida la convocatoria en el intervalo desde de la fecha de resolución de la oposición hasta su toma de posesión.
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
Concurso de traslados: Provisión de puestos de trabajo
Documentación en poder de la Administración
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line

Enlace informativo
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
Modalidad A y B: el plazo de resolución será de un mes a partir del día siguiente al de la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Pudiendo prorrogarse por un mes más, como máximo, atendiendo al volumen de éstas y carga de trabajo en la Dirección General de Recursos Humanos.

En el caso de la modalidad C (concurso de traslados extraordinario) será de dos meses, prorrogable igualmente por un mes más.
Unidad gestora del trámite
Dirección General de Recursos Humanos
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Negativo; Caducidad

Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Qué tipos de sistemas de traslados hay?
Existen los siguientes tipos de traslados:

Por concurso:
A) Concurso de traslados ordinario interáreas.

Consiste en la posibilidad de que los funcionarios de carrera o personal laboral fijo (según la adscripción de los puestos ofertados en la RPT) puedan solicitar su adscripción a otros en un área (dirección general) distinta de la que tengan asignada en el momento de la convocatoria.

B) Concurso de traslados ordinario intraáreas-centros de trabajo de una misma área funcional.

Supone la posibilidad de que los funcionarios de carrera o personal laboral fijo (siempre que desempeñen funciones idénticas según la clasificación de los puestos de trabajo ofertados en la RPT), puedan solicitar su adscripción a otros centros de trabajo pertenecientes a la misma área (dirección general), distintos del que tengan asignados en el momento de la convocatoria.

Inicialmente quedan reservadas a esta modalidad las siguientes áreas funcionales:

- Participación Ciudadana.
- Servicios Sociales.
- Bibliotecas.
- Cuatro Zonas de Deportes
- Centros de empleo/formación

C) Concurso de traslados extraordinario.

Posibilidad de solicitar la adscripción a otra área (dirección general) o centro de trabajo, en este caso sin cambiar de área, cuando no existan puestos vacantes convocados dentro de una oferta de empleo público.

Otros motivos
- Por motivos de salud o rehabilitación, violencia de género y terrorista.

¿Cuál es el baremo de adjudicación?

Modalidad A:

Se seguirá el establecido para el concurso ordinario de puestos de trabajo en las bases generales de provisión de puestos .

Modalidad B y C:

Antigüedad (hasta 120,00 puntos). Se valorarán los servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada y en sus organismos autónomos, a razón de 1 punto por mes completo.
Permanencia en el puesto/centro de trabajo (hasta 480,00 puntos). Se valorarán los meses de permanencia en el último puesto de trabajo adscrito.
a) Si lo ha sido mediante concurso de traslados o asignación inicial a puesto:
1. A razón de 2 puntos por mes completo.
2. A razón de 3 puntos por mes completo en centros/unidades/programas relacionados en el anexo que figura en las presentes bases.
b) Los traslados forzosos, y el personal adscrito a los centros recogidos en la base 7. b) a razón de 4 puntos por mes completo.
Conciliación de la vida laboral, personal y familiar (60,00 puntos). Se valorará con 60 puntos a los aspirantes que por motivo de guarda legal tengan a su cargo hijos/as menores de 12 años, de familiares de primer grado de consanguinidad o afinidad que requieran especial dedicación o de personas con discapacidad, debidamente acreditado. Siempre que en la solicitud se acrediten motivos tales como la proximidad del domicilio, colegio o atención familiar. Se exige la resolución del Ayuntamiento reconociendo tal situación.
Agresiones al personal del Ayuntamiento de Granada (60,00 puntos). Por aplicación del Reglamento de Atención y Prevención de Agresiones al Personal del Ayuntamiento de Granada se asignará 60 puntos. Para obtener la misma según dicho Reglamento será requisito imprescindible que se emita informe por parte de la Asesoría Jurídica municipal, previo traslado al Ministerio Fiscal. Se exige la resolución del Ayuntamiento reconociendo tal situación.

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    Icono de archivo anexo
    Ayto.Granada_ Concurso de traslados.pdf