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Ayto.Granada: Portal del Personal Municipal

Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Ayudas de Acción Social

Prueba para la detección precoz del cáncer de mama

Descripción
Esta ayuda se refiere a la realización de pruebas para la detección precoz del cáncer de mama a trabajadoras municipales de 45 y 46 años de edad.
La ayuda prevista en el artículo 18 bis será de aplicación a las trabajadoras municipales con edad comprendida desde los 47 a los 49 años hasta tanto el Servicio Andaluz de Salud implante el Programa para la detección precoz del cáncer de mama a dicho tramo de edad.
Para las trabajadoras municipales en edad comprendida entre 40 y 44 años, se necesita previo informe preceptivo y favorable del Servicio de Vigilancia de la Salud.
(Ver apartado de preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar
Todas las mujeres trabajadoras en activo del Ayuntamiento de Granada, incluido en el ámbito de aplicación del vigente Acuerdo/Convenio regulador de las relaciones entre la corporación y el personal a su servicio.
Formularios descargables
Se realiza por el formulario on line de instancia general de la Sede Electrónica
Documentación del interesado/a
Factura abonada al Centro Médico de Diagnóstico en la que conste claramente el concepto de la prueba realizada
Visible en web: [
Sistemas de identificación
Certificado electrónico, DNI electrónico
Tramitación on line

Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
Unidad gestora del trámite
Subdirección General de Administración de Personal y Acción Social
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Negativo

Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
El importe máximo anual de la ayuda a conceder a cada trabajadora será de 80 euros anuales, como máximo. No será de aplicación a esta ayuda lo previsto en el artículo 4.4 de estas Normas Generales de Acción Social.

¿Debo como interesada remitir al Servicio de Vigilancia de la Salud la documentación aportada?
No, es el Servicio de Administración de Personal y Acción social el encargado de remitir la solicitud y la documentaión a informe preceptivo del Servicio de Vigilancia de la Salud.

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