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Ayto.Granada: Portal del Personal Municipal

Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Ayudas de Acción Social

Fallecimiento o declaración de incapacidad permanente (Ayuda especial)

Descripción
Ayuda abonada de oficio por fallecimiento o declaración de alguna de las discapacidades permanentes por el INSS del empleado/a
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
En caso que la persona interesada sea el/la trabajador/a la administración procederá de oficio, en caso contrario, fallecimiento, el plazo máximo de solicitud será de 4 años.
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar
En caso que la persona interesada sea el/la trabajador/a la administración procederá a abonar de oficio, en caso contrario, fallecimiento, se hará la solicitud a instancia de parte de las personas herederas.
Formularios descargables
Este procedimiento se inicia de oficio
Documentación del interesado/a
Fallecimiento: los herederos legales o quien así se determine por la persona interesada en documento suscrito por ésta, deberán aportar Testamento o Declaración de Herederos en su caso.
Declaración de algunas de las discapacidades permanentes por el INSS: no es necesario aportar ninguna documentación, pues el Ayuntamiento de Granada de oficio tras la resolución del INSS procederá a resolver el procedimiento de abono.
Documentación en poder de la Administración
Resolución del INSS
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line
En caso de que la solicitud deba realizarla persona/as herederas, seguirán el siguiente procedimiento: Instancia general
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Tramitación presencial
En caso de que la solicitud deba realizarla persona/as herederas, seguirán el siguiente procedimiento: Instancia general
Plazos de resolución
Unidad gestora del trámite
Subdirección General de Administración de Personal y Acción Social
Efectos del silencio
Negativo; Caducidad

Caducidad si el procedimiento se inicia de oficio
Desestimatorio si se inicia a solicitud de persona interesada

Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Cúal es la cuantía de estas indemnizaciones?
- Por fallecimiento. Los herederos legales o quién así determine por dicho el empleado o empleada en documento suscrito por este/a, percibirán una ayuda por importe de 12.000 €.
- Por declaración de incapacidad permanente por el INSS. Según el grado de incapacidad reconocido se percibirá una de las siguientes ayudas:

- Incapacidad permanente total 12.000 €.
- Incapacidad permanente absoluta 20.000 €.
- Gran invalidez 25.000 €.
Más información
Grupo ayuda especial

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