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Catálogo de Trámites

Recursos Humanos\Carrera profesional y administrativa

Carrera profesional horizontal

Descripción
Procedimiento que permite solicitar la progresión de grado para avanzar, profesional y retributivamente, -sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo- como reconocimiento a la experiencia, conocimientos y compromiso con la organización mostrados durante la trayectoria profesional.
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Convocatoria extraordinaria carrera profesional horizontal 2025 (plazo de solicitud, un plazo de quince días hábiles, queda comprendido desde el 03/03/25 al 21/03/25 (ambos inclusive)
Periodo de Solicitud
En el mes de enero de cada año se abrirá un periodo para presentación de solicitudes de reconocimiento del siguiente grado de Carrera Profesional Horizontal.
Estado del trámite
Plazo cerrado
Quien lo puede solicitar
El personal municipal que en el año en curso tenga previsto cumplir seis años desde el reconocimiento del grado anterior o bien tenga asignado inicialmente el cero.
Los empleados públicos, personal funcionario o laboral que sea de nuevo ingreso en el Ayuntamiento de Granada, comenzarán en el grado cero.
La antigüedad mínima necesaria para la adquisición de cada grado será la correspondiente como empleado municipal así como los servicio prestados en otras administraciones públicas reconocidos conforme a lo establecido en la Ley 70/78, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública y normas concordantes.
Otros requisitos
Haber realizado y superado en su caso acciones formativas como alumno sobre materias directamente relacionadas con las funciones encomendadas al puesto de trabajo, las principales tareas y responsabilidades que lo caracterizan, así como otras de carácter transversal y de promoción profesional, en los últimos seis años por un total de 200 horas.
El personal discapacitado intelectual deberá acreditar un total de 50 horas.

Las acciones formativas específicas deberán estar relacionadas bien con las funciones del puesto que se desempeña dentro del área competencial en el que se encuentra adscrito, bien en el ámbito de la promoción/desarrollo profesional.

La acreditación de la formación extraacadémica, tanto recibida como impartida, se realizará mediante el correspondiente certificado o diploma expedido por entidades integrantes del sector público, Colegios Profesionales (Asociaciones Profesionales en caso de que no exista Colegio), u organizaciones sindicales que hayan sido firmantes de cualquiera de los Acuerdos de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas.
Los diplomas deberán incorporar el programa oficial, con indicación del número de horas lectivas.
Las certificaciones de los cursos organizados por las Universidades deberán estar expedidas por el Vicerrectorado, Rectorado, Decanato, Secretaría de las Facultades, Dirección de los Centros de Formación Permanente o Dirección de las Escuelas Universitarias. No serán admisibles las certificaciones firmadas por Departamentos o grupos de investigación.

No se valorarán aquellos cuya superación sea necesaria para alcanzar la condición de funcionario de carrera.
Formularios descargables
Modelo de solicitud y anexo de la carrera profesional horizontal
Documentación del interesado/a
Será necesario presentar los correspondientes documentos acreditativos siempre que no consten en el expediente personal. Por ello se recomienda a los aspirantes que para acreditar sus méritos (especialmente la formación recibida) se personen con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes en la Dirección General de Recursos Humanos para la vista de su expediente personal (y así no duplicar la misma) y, en su caso, no adjuntar documentación que ya consta en el expediente de la persona interesada.

En el momento que el expediente personal esté digitalizado en la aplicación de Recursos Humanos se podrá consultar dicha información en el Portal del Personal Municipal.
Sistemas de identificación
Usuario y contraseña, Certificado electrónico, DNI electrónico
Tramitación on line

Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
La resolución administrativa se dictará en el segundo trimestre de cada año.
Unidad gestora del trámite
Servicio de Recursos Humanos
Actuaciones administrativas
Presentación de la Solicitud y el correspondiente Anexo.
  1. Valoración por la Comisión de Valoración.
  2. Publicación de la baremación provisional: APTO/NO APTO.
  3. Apertura presentación de alegaciones.
  4. Resolución de alegaciones y baremación definitiva.
  5. Apertura del plazo de un mes para presentar el trabajo sobre la aplicación práctica de los conocimientos adquiridos en relación con el puesto de trabajo desempeñado y área o dirección general en la que se encuentra. El personal discapacitado intelectual deberá superar un cuestionario de 10 preguntas con dos respuestas alternativas relacionado con los conocimientos adquiridos.
  6. Valoración por la Comisión de Valoración de los trabajos presentados: APTO/NO APTO.
  7. Publicación resolución definitiva del reconocimiento del grado y efectos del mismo.
    Medios de Notificación
    Efectos del silencio
    Negativo; Caducidad

    Negativo respecto de la solicitud / Caducidad respecto del procedimiento.

    Fin de la vía administrativa
    Si
    Recursos administrativos
    Normativa
    Preguntas frecuentes
    ¿Cómo aportar las acciones formativas?
    Se deberán relacionar las acciones formativas en el Anexo I en formato pdf siempre de mayor a menor número de horas.
    Será necesario presentar los correspondientes documentos acreditativos siempre que no consten en el expediente personal.

    ¿Dónde y cuándo se realizará el cuestionario para el personal discapacitado?
    Cuando se publique la baremación definitiva del personal APTO/NO APTO, se determinará la fecha y lugar de la realización de la prueba.

    ¿Cuándo se debe presentar el trabajo?
    Publicada la resolución definitiva, se dispondrá de un mes para presentar el trabajo.

    ¿Cuáles son los efectos de no superar los requisitos para adquirir el grado de la carrera profesional?
    En el supuesto de que el trabajador o trabajadora no supere los requisitos para adquirir el siguiente grado de la carrera profesional en el año que le corresponda, la fecha de vencimiento del mismo será del día primero del año en el que se le reconozca por resolución administrativa.

    En el caso de que lo obtenga en el año inmediato posterior, no se penalizará el inicio del cómputo de los seis años para la consecución del nivel siguiente.

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    Icono de archivo anexo
    Ayto.Granada_ Carrera profesional horizontal.pdf