Descripción
La ayuda por natalidad consistirá en una prestación económica que se percibirá por el nacimiento de cada hijo/a, y por la adopción o acogimiento tanto temporal como permanente de un menor.
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
- El libro de familia o documento que acredite las circunstancias que concurran, dentro de los tres meses posteriores a la fecha de nacimiento o a la resolución judicial o administrativa de adopción o acogimiento.
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
Plazos de resolución
Unidad gestora del trámite
Subdirección General de Administración de Personal y Acción Social
Actuaciones administrativas
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Cúal es la cuantía de la ayuda?
La cuantía de dicha ayuda será de 109,90 euros por hijo o hija.
Los importes de estas ayudas se actualizarán anualmente, al menos, en el mismo porcentaje de las retribuciones de los empleados/as municipales de acuerdo con la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada año.
Más información
Grupo ayuda anual periódica
No se aplica el artículo 5 "incompatibilidades" en esta ayuda.