Catálogo de Trámites
Recursos Humanos\Jornada de trabajo
Horario flexible (Aplicación/regularización)
Descripción
Mediante este procedimiento el personal municipal del Ayuntamiento de Granada podrán solicitar el horario flexible que consiste en modificar el horario diario de trabajo en relación con el horario fijo que corresponda,
(Ampliar información en el apartado preguntas frecuentes)
Periodo de Solicitud
La petición del horario flexible se solicitará en cualquier momento posterior a obtener la condición de personal municipal del Ayuntamiento de Granada.
La renovación/regularización del disfrute del horario flexible se deberá efectuar en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente de la recepción del escrito remitido vía telemática por la Didrección General a tal efecto.
Estado del trámite
Permanente
Quien lo puede solicitar
- El personal municipal de servicios generales.
- Excepcionalmente el resto de personal siempre que el servicio lo permita.
- El personal del Cuerpo de Policía Local y del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento. La concesión en este caso será excepcional, debiendo de tratarse de casos debidamente motivados y siempre que el servicio lo permita.
- En caso de discrepancia en su concesión se dirimirá por la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos.
Otros requisitos
Informe favorable del Director General/Técnico o máximo responsable del servicio de no existir estos.
Formularios descargables
Documentación del interesado/a
Documentación en poder de la Administración
Informe favorable del Director/a General , Técnico/a o máximo responsable del servicio de no existir estos
Sistemas de identificación
Certificado electrónico
Tramitación on line
Portal/sede/subsede en el que reside la tramitación
[
Plazos de resolución
Tres meses conforme a lo establecido en el artículo 21.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Unidad gestora del trámite
Servicio de Recursos Humanos
Actuaciones administrativas
Una vez concedido el horario flexible, quedarán sin efectos de forma automática las autorizaciones en los siguientes casos:
- Cuando el hijo/a cumpla los 16 años.
- Por el fallecimiento del familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
Medios de Notificación
Efectos del silencio
Fin de la vía administrativa
Si
Recursos administrativos
Normativa
Preguntas frecuentes
¿Cúal es la posibilidad del horario flexible?
La posibilidad de 1 hora o 2 horas dependiendo del caso y conforme a las circunstancias acreditadas de tener a cargo a alguna persona que se encuentre en cualquiera de las siguentes situaciones: personas mayores, hijos/as menores de 16 años, personas con diversidad funcional, familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
¿Cuanto dura la autorización del horario flexible?
Con carácter anual se regularizará la situación del personal municipal que tenga autorizado el disfrute de horario flexible, con el objeto de, o bien renovar el disfrute del mismo, o bien proceder a la oportuna revocación para el caso de que hayan cesado las causas por las que se autorizó.
¿Qué requisitos se exigen para poder disfrutar del horario flexible? (Personal Municipal de Servicios Generales)
Tendrán derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario fijo de jornada que tengan establecido quienes acrediten mediante la documentación que se indica en cada caso, tener a cargo a alguna persona que se encuentre en cualquiera de las situaciones que se indican a continuación:
Personas mayores, se deberá aportar DNI y certificado de padrón o certificado médico P10 en el que se indique (sin necesidad de inclusión de ningún tipo de dato médico relativo al paciente) que la persona mayor necesita cuidado o dedicación especial.
Hijos/as menores de 16 años, mediante Libro de familia, salvo que tal circunstancia conste ya acreditada en los archivos de personal.
Personas con discapacidad, se podrá presentar tanto la resolución de reconocimiento del grado de discapacidad como un certificado acreditativo del mismo.
Familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, presentando la documentación médica oportuna que se someterá a su valoración por parte del Servicio de Vigilancia de la Salud.
¿Cuanto tiempo se puede flexibilizar? (Personal Municipal de Servicios Generales)
- Podrán disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria sobre el horario fijo que corresponda, quienes acrediten mediante la correspondiente resolución o certificado emitido al efecto, tener hijos/as con discapacidad a fin de conciliar los horarios de los centros educativos ordinarios de integración y de educación especial, así como otros centros donde el hijo o hija con discapacidad reciba atención, con los horarios de los propios puestos de trabajo.
- Excepcionalmente se podrá autorizar, con carácter personal y temporal, la modificación del horario fijo en un máximo de dos horas por motivos directamente relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y en los casos de familias monoparentales, debiendo aportar para ello los documentos justificativos de las circunstancias en las que basen su solicitud.
- Apartado séptimo Instrucción de 15 de mayo de 2020.- Flexibilización horaria
La flexibilización de la jornada laboral tanto en la modalidad presencial como no presencial, se podrá solicitar según modelo normalizado relativo al horario flexible (ver portal del personal municipal), conforme a los criterios del art. 31.8 del actual acuerdo/convenio regulador de las relaciones entre la Corporación y el Personal a su servicio, ampliándose en el caso de modalidad de trabajo presencial, hasta el máximo de dos horas, además de la general de una hora prevista en el apartado 3 del citado art. 31, todo ello siempre que el servicio lo permita y por el tiempo que permanezcan las medidas preventivas dictadas por las autoridades competentes frente al impacto económico y social del COVID-19 y hasta llegar a la Fase de Nueva Normalidad.
¿Qué requisitos se exigen y cuanto tiempo se puede flexibilizar en caso de personal que no sea de Servicios Generales?
Para el resto de personal: Se podrá conceder conforme a los requisitos antes expuestos siempre que el servicio lo permita.
Para el personal del Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y del Cuerpo de la Policía Local: Se estudiará la posibilidad de su concesión de manera total y absolutamente excepcional en casos debidamente motivados y siempre que el servicio lo permita.
En caso de discrepancia en su concesión se dirimirá por la Dirección General competente en materia de Recursos Humanos, previo informe del Gabinete de Atención de Personal y de la Comisión Paritaria de Seguimiento del Convenio.
¿Qué ocurre en caso de no presentarse la documentación para renovar o regularizar el horario flexible en el plazo en el que se ha requerido?
De no presentarse la documentación acreditativa de la circunstancia alegada en el citado plazo, quedará sin efectos automáticamente el horario flexible, procediéndose a dictar resolución administrativa en tal sentido.
¿Quién tiene que regularizar el horario flexible?
Deberá proceder a la regularización del horario flexible todo el personal que se encuentre en alguna de las situación descrita en el siguiente apartado:
Quien tengan a su cargo personas mayores, personas con diersidad funcional, o familiar con enfermedad grave hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que esté disfrutando del derecho a flexibilizar en una hora diaria el horario fijo de la jornada que tengan establecido.
Quien esté disfrutando del derecho a flexibilizar en dos horas la jornada diaria por motivos directamente relacionados con la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, y en los casos de las familias monoparentales.
Para ello se comunicará de forma individualizada a cada uno de los afectados los términos en que deberán proceder a dicha regularización.
¿Con qué frecuencia se llevará a cabo la regularización del disfrute del horario flexible?
Esta regularización se realizará con carácter anual dentro del primer trimestre de cada año natural.
¿Cómo puedo comprobar si tengo concedido horario flexible?
Si accedemos a este Portal del Personal Municipal del Ayuntamiento de Granada dentro del apartado denominado “Acceso a RRHH”, tras introducir nuestro número de usuario y clave podremos consultar si tenemos autorizado el disfrute del horario flexible accediendo al apartado denominado “Mi puesto de trabajo y mis ausencias por enfermedad”.
Más información
¿Que es diversidad funcional?
Diversidad funcional es un término alternativo al de
discapacidad que ha comenzado a utilizarse por iniciativa de algunas personas afectadas, y pretende sustituir a otros cuya semántica hay quien considera peyorativa, tales como "discapacidad" o "minusvalía". Se trata de un cambio hacia una terminología no negativa sobre la diversidad funcional.1 El término fue propuesto y acuñado por Javier Romañach Cabrero en el Foro de Vida Independiente, en enero de 2005.2 (
Widipedia)