Ayuntamiento de Granada
Junta Arbitral de Consumo
Información General
Título:Todo sobre el Arbitraje de Consumo
¡ Bienvenido ! La Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Granada inicia un nuevo servicio a consumidores y empresarios con el que pretendemos facilitarles el conocimiento de una nueva formula de solución a los problemas que puedan derivarse de una relación de consumo.

Esta nueva solución se llama ARBITRAJE DE CONSUMO y consiste en buscar, entre todos, consumidor y empresario, la solución más equitativa y justa que pueda encontrarse cuando surge alguna discrepancia entre el consumidor y la empresa.

Las controversias en materia de consumo surgen normalmente del desconocimiento de las obligaciones y derechos de las partes. A través del ARBITRAJE DE CONSUMO se pretende restablecer las buenas relaciones entre el empresario y/o comerciante y los clientes o usuarios.

Los principios esenciales del funcionamiento del SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO son la OBJETIVIDAD, IMPARCIALIDAD Y ECUANIMIDAD de las Resoluciones que se adoptan cuando el consumidor y el empresario someten el problema al criterio del COLEGIO ARBITRAL que analizará y deliberará , oyendo directamente a las partes, adoptando la Resolución que recibe denominación de LAUDO ARBITRAL.

El COLEGIO ARBITRAL, que se constituye para cada expediente de Arbitraje de Consumo , está formado por tres personas:
1.- El Presidente, que lo es un representante de la Administracion Municipal, que debe ser Licenciado en Derecho.
2.- Un Vocal-Arbitro, que representa a las Asociaciones de Consumidores.
3.- Un Vocal-Arbitro, que representa al sector empresarial al que pertenece la empresa reclamada.

Esta composición tripartita garantiza conocer las peculiaridades de cada sector empresarial y la objetividad e imparcialidad que preside la resolucion de los conflictos de consumo a traves del ARBITRAJE DE CONSUMO.

Acreditación de esta objetividad lo constituye que el 87 % de los Laudos Arbitrales han sido decididos por UNANIMIDAD de los tres Vocales-Arbitros.





EL DISTINTIVO OFICIAL DE ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.-

Una cuestión esencial en el funcionamiento del SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO es la agilidad en la busqueda de solución a un conflicto, y dicha agilidad es más facil de conseguir cuando la empresa y/o el comercio, previamente ha formalizado la OFERTA PUBLICA DE SOMETIMIENTO AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.

La OFERTA PUBLICA DE SOMETIMIENTO consiste en adquirir el compromiso de atender las quejas o reclamaciones de los clientes a través del SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO, lo que juridicamente recibe la denominación de COMPROMISO DE ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO.

Los empresarios, comerciantes y profesionales que formalizan el COMPROMISO DE ADHESION ofrecen a sus clientes una garantía añadida a la calidad de sus productos o servicios; este garantía añadida consiste en atender con rapidez y eficacia los problemas que puedan surgir en la relación de consumo.

El COMPROMISO DE ADHESION al Sistema Arbitral es GRATUITO para las empresas, comercios y profesionales y conlleva que la JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA conceda un DISTINTIVO OFICIAL que las empresas pueden colocar en sus establecimientos o usar en la publicidad que realicen hacia el público, como un elemento más a valorar por los consumidores a la hora de elegir dónde adquirir productos.

Asimismo, el COMPROMISO DE ADHESION supone la inclusión del empresario, comerciante o profesional en un CENSO OFICIAL DE EMPRESAS ADHERIDAS, que gestiona la JUNTA ARBITRAL MUNICIPAL DE CONSUMO, de caracter público, que cada vez más es requerido por los consumidores para saber qué empresas atienden las quejas o reclamaciones de los clientes a través del SISTEMA ARBITRAL, con la agilidad, rapidez y facilidad que le caracteriza.

Actualmente son más de 40.000 las empresas adheridas en todo el territorio nacional, y en nuestra Ciudad son más de 270 las empresas, comercios y profesionales que han adquirido el compromiso de atender las discrepancias con sus clientes a traves de la JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA. (En otra sección de ésta información puede consultar el Listado Oficial de Empresas adheridas).





¿ CÓMO FORMALIZAR LA ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO ?.-


Si Vd. -empresario, comerciante o profesional- desea adherirse al SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO ,puede hacerlo remitiendo a la JUNTA ARBITRAL MUNICIPAL DE CONSUMO DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA el escrito que a continuación le indicamos, bien por fax, al número 958-20.69.42,
o entregandolo personalmente, o a través del Correo, en la siguiente dirección: C/ Escudo del Carmen 3, Edificio Rey Soler 3ª planta, 18009 Granada (Si desea más información, puede solicitarla llamándonos al telefono número 958 248 170). *** La adhesion al Sistema Arbitral de Consumo es GRATUITA ***.




COMPROMISO DE ADHESION AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO



NOMBRE COMERCIAL................................................................................................
RAZON SOCIAL....................................................DNI/CIF..........................................
SECTOR DE LA ACTIVIDAD.......................................................................................
LOCALIDAD......................................................
DOMICILIO........................................................................ C.P....................................

TELEFONO/S.................................................................. FAX.....................................

ASOCIACION EMPRESARIAL A LA QUE PERTENECE.............................................
....................................................................................................................................

REPRESENTANTE LEGAL.........................................................................................
DNI ..............................................

MANIFIESTA

1º.- QUE SE INCORPORA AL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO, REALIZANDO LA CORRESPONDIENTE OFERTA PUBLICA DE SOMETIMIENTO AL ARBITRAJE DE CONSUMO, PREVISTO EN EL ARTICULO 6º DEL REAL DECRETO 636/1.993, DE 3 DE MAYO (B.O.E. nº 121, de 12 de MAYO) EXPRESANDO SU ADHESION VOLUNTARIA A LA JUNTA ARBITRAL MUNICIPAL DE CONSUMO DE GRANADA.

2º.- QUE CONOCE Y ACEPTA LAS NORMAS REGULADORAS DEL SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO -REAL DECRETO 636/1.993 DE 3 DE MAYO- DEL QUE SE LE FACILITA COPIA Y SE COMPROMETE A CUMPLIR EL LAUDO QUE EN SU CASO SE DICTE.

3º.- ESTE COMPROMISO DE ADHESION LE FACULTA A UTILIZAR EL DISTINTIVO OFICIAL DE ARBITRAJE DE CONSUMO EN LOS MEDIOS DE DIFUSION Y PUBLICIDAD DE SU ACTIVIDAD MERCANTIL.

4º.- EL PRESENTE COMPROMISO ES DE CARACTER INDEFINIDO, SALVO DENUNCIA EXPRESA, POR ALGUNA DE LAS PARTES, REALIZADA CON SEIS MESES DE ANTELACION.


GRANADA,...... DE ............................. DE 1.99....

FIRMA Y SELLO.


SR.PRESIDENTE DE LA JUNTA ARBITRAL DE CONSUMO DEL AYUNTAMIENTO DE GRANADA.





Cuando recibamos su adhesión al Sistema Arbitral
de Consumo, le enviaremos el DISTINTIVO OFICIAL
que reproducimos al margen de esta nota, que Vd. puede
colocar en su establecimiento o en su publicidad (...infor-
mando, así, a sus clientes de que su empresa responde,
en todo caso, de los problemas que puedan surgir en
relación a sus productos o servicios), y será incluído en
el CENSO OFICIAL DE EMPRESAS ADHERIDAS
del que periódicamente daremos difusión.


La adhesión al Sistema Arbitral de Consumo refuerza la
imagen de seriedad y credibilidad de la empresa y dá
mayor confianza al consumidor.

El distintivo oficial de adhesion al Sistema Arbitral, en el
establecimiento al que usualmente acude el consumidor
supone una garantía que asegura resolver los desacuer
dos que puedan producirse de una manera rápida, eficaz
y economica, sin necesidad de acudir a los Tribunales de
Justicia.



Si desea más informacion sobre el SISTEMA ARBITRAL DE CONSUMO puede conectar

con el INSTITUTO NACIONAL DEL CONSUMO en Internet:

www.consumo-inc.es





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