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Empleo

Bases de Analista de Aplicaciones

Información Caducada


B.O. P. NUM. 185 GRANADA, MARTES, 11 DE AGOSTO DE 1998
NUMERO 8.991

AYUNTAMIENTO DE GRANADA


ÁREA DE PERSONAL, SERVICIOS GENERALES Y ORGANIZACION
SECCIÓN DE SELECCIÓN DE PERSONAL

EDICTO

El Teniente de Alcalde delegado del Área de Personal, Servicios Generales y Organización del Ayuntamiento de Granada,

HACE SABER: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de junio de 1998, ha acordado por unanimidad, aprobar las bases del concurso-oposición libre convocado para cubrir en propiedad una plaza de Analista de Aplicaciones, que a continuación se relacionan:

BASES
1. NORMAS GENERALES
1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 19.2.98, se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de Analista de Aplicaciones, Grupo A de la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Superiores.
1.2, A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84; la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local, R.D.L. 781/86 de 18 de abril; R.D. 896/91, de 7 de junio, el R.D. 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.
1.3. Requisitos
A. Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a> Ser español.
b> Tener cumplidos los 18 años de edad.
c) Estar en posesión del título de Licenciado o Ingeniero en Informática, según el art. 25 de la Ley 30/84.
d> No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.
e> No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.
f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.
B. Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3 apartado A., deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el procesos selectivo.
1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición.
La fase de concurso se celebrará previamente a la fase de oposición, puntuándose con arreglo al siguiente baremo:
a> Por méritos profesionales:
- Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o
puesto de igual o similar contenido al que se apta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente, 0,10 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en
empresa pública o privada en plaza o puesto de igual
o similar contenido, que deberán ser suficientemente
acreditados a través del contrato de trabajo visado por
el INEM, junto con certificado de cotizaciones a la S.S.,
0,05 puntos.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
b> Por méritos académicos:
- Grado de Doctor en una materia propia de la titulación exigida para la plaza, 0,25 puntos.
c> Por cursos y seminarios, congresos y jornadas
siempre que se encuentren relacionados con la plaza a
que se apta e impartidos por organismos oficiales o
autentificados por éstos:
- De 15 a 40 horas de duración: 0,10 puntos
- De 41 a 70 horas de duración: 0,20 puntos
- De 71 a 100 horas de duración: 0,25 puntos
De 101 a 200 horas de duración: 0,50 puntos
- De 201 horas en adelante: 1,00 puntos
Los cursos de menos de 15 horas de duración o sin especificación de horas, se puntuarán a razón de 0,02 puntos por curso.
1.5. Aplicación del concurso:
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de ¡a Fase de oposición
Siendo la puntuación máxima a otorgar en los anteriores apartados, la siguiente:
Méritos académicos: 0,25 puntos
Méritos profesionales: 3,75 puntos, no pudiendo sobrepasar en el apartado de servicios prestados en Empresas Públicas o Privadas: 1,75 puntos de los del total del presente epígrafe.
Cursos y seminarios, congresos y jornadas: 2,00 puntos
1.6. Fase de oposición: Constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:
Primer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, en un tiempo máximo de una hora, un cuestionario de cien preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, elaborado por el tribunal inmediatamente antes de su realización, en relación con los temas contenidos en el Anexo de esta convocatoria, de las que necesariamente tienen que consignarse, como mi nimo, una de cada tema. El tribunal informará a los aspirantes sobre el criterio que se aplicará en la corrección de este ejercicio.
Segundo ejercicio. De carácter obligatorio, consistirá eñ desarrollar por escrito un tema extraído al azar igual para todos los opositores, de los contenidos en el Grupo 1, y dos temas extraídos al azar.igual para todos los opositores, de los contenidos en el Grupo II de materias del Anexo a esta convocatoria, en un tiempo máximo de cinco horas.
Tercer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes consistirá en resolver un supuesto práctico, que será elaborado por el tribunal inmediatamente antes de su celebración, entre las materias contenidas en el Grupo II del Anexo a esta convocatoria, en un tiempo máximo de cinco horas. El opositor razonará por escrito la solución propuesta.

2. DESARROLLO DE LOS EJERCICIOS
2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra C, de conformidad con el sorteo celebrado el día 15.4.98, en virtud de resolución de fecha 10.3.98.
2.2. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como la designación de los miembros del tribunal.
Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el B.O.P Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.
2.3. Los tribunales adoptarán, siempre que se posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
2.4. En cualquier momento los tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.
2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.
2.6. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.
2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

3. CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS
3.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:
a> Primer ejercicio: Se calificará de O a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
b> Segundo ejercicio: Se calificará de O a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
c> Tercer ejercicio: Se calificará de O a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.
3.2. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición.
3.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la fase de oposición, y si se mantuviera el mismo, a la mejor puntuación obtenida en el tercer ejercicio de la oposición.

4. SOLICITUDES
4.1. Las solicitudes serán facilitadas en la Oficina de Información, Oficinas Desconcentradas y Registro General de Entrada de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de examen.
4.2. Las solicitudes dirigidas al Excmo. Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía. Podrán presentarse:
- En el Registro General y oficinas desconcentradas de este Ayuntamiento ubicadas en C/. Hermanos Carazo n' 8 (Zaidín>; Avda. de la Consolación <Chana>; Plaza Aliatar <Albayzín>; Dr. Fleming n9 6 y 8 (Norte Beiro>, y en la Junta de Distrito Genil, Avda. de Cervantes.
- A través de las oficinas de Correos, y deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario de dicho organismo antes de ser certificadas.
- A través de las representaciones diplomáticas o consulares correspondientes, las suscritas por los españoles en el extranjero.
- Y, asimismo en la forma establecida en el art.38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.
4.3. Los derechos de examen serán de 4.703 pesetas y se ingresarán en la cuenta corriente núm. 0182-5695-89-0017349557, denominada "Pruebas Selectivas Ayuntamiento de Granada" del Banco Bilbao-Vizcaya, oficina institucional.
Queda exceptuado de abonar los derechos de examen el personal de este Ayuntamiento.
4.4. Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, acompañarán a sus instancias los documentos acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta conforme a la base 1.4, además de enumerarlos en la solicitud. Los documentos habrán de ser originales, legalizados mediante documento notarial o, caso de presentarse fotocopias, deberán estar debidamente compulsadas por órgano competente, previa exhibición del original.
Los méritos o servicios a tener en cuenta, estarán referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
En el supuesto de tratarse de~servicios prestados en el Ayuntamiento de Granada, se acreditarán los servicios prestados correspondientes a los días transcurridos desde la fecha de la certificación aportada por el aspirante, hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias, de oficio por la Sección de Personal.
B.O.P. NUM. 183 E GRANADA, MARTES, 11 DE AGOSTO DE 1998 E PÁG. ~



4.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. ADMISIÓN DE LOS ASPIRANTES
5.1. Terminado del plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha resolución que deberá publicarse en el B.O.R se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.
5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

6. TRIBUNALES
6.1. El tribunal calificador que tendrá la categoría la de las recogidas en el Anexo IV del R.D. 236/88 de 4 de Marzo, estará integrado en la siguiente forma: Presidente, el de la corporación y suplente. Vocales, que deberán poseer titilación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas:
Por la Junta de Andalucía, titular y suplente. Por la Jefatura del Servicio, titular y suplente. Funcionario designado por la Corporación, titular y suplente. En representación sindical, titular y suplente. Actuará de Secretario, el de la Corporación y suplente.
6.2. El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de tres de sus componentes.
6.3. Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Excmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el articulo 28 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.
6.4. El Presidente del tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92.
Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.
6.5. El tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.
6.6. Los miembros del tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.
6.7. El tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limí
tarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.
6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el tribunal. Este personal estará adscrito a dicho tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.
6.9. Las resoluciones de los tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art.102 y 55. de la Ley 30/92, contra las resoluciones y actos del tribunal y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso administrativo ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente.

7. LISTA DE APROBADOS, PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y NOMBRAMIENTO DE FUNCIONARIOS
7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la corporación.
7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrá exceder de las plazas objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por los mismos sumadas las fases de concurso y oposición. Dicho anuncio será elevado al Excmo. Sr. Alcalde con propuesta de los candidatos para el nombramiento de funcionarios.
7.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en la Sección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.
7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramient9, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Caso de ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Granada, se aportará de oficio la documentación.
7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3; no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
7.6. En plazo de treinta días desde la aportación por los aspirantes propuestos de los documentos referidos, el Excmo. Sr. Alcalde nombrará funcionarios de carrera a los aspirantes aprobados.


El plazo para tomar posesión será de 30 días a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

8. NORMA FINAL
8.1. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso-administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Estado, debiendo comunicar previamente su intención de interponer el correspondiente recurso, conforme a lo dispuesto en el art. 110.3 de la Ley 30/92.
Contra los actos del tribunal y sus actos de trámite que" impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión se podrá formular recurso ordinario ante la autoridad que haya nombrado a su Presidente, en el plazo de un mes desde que se haga público el acuerdo o propuesta de resolución adoptada que se pretenda impugnar.
Lo que se hace público para general conocimiento.

Granada, 15 de julio de 1998.-El Teniente de Alcalde delegado del Área de Personal, Servicios Generales y Organización, fdo. José Manuel Urquiza Morales.
GRUPO 1
1. La Constitución Española de 1.978. Principios generales. Características y estructura.
2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
3. Organización territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del derecho público. La Ley. Clases de Leyes.
5. El administrado. Concepto y clases. La capacidad del administrado y sus causas modificativas. Los derechos de los administrados. Colaboración y participación de los ciudadanos.
6. El acto administrativo. Concepto. Clases de actos administrativos. Elementos del acto administrativo.
7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. El interesado y su representación. Comunicaciones y notificaciones.
8. Las fases de procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Referencia al procedimiento administrativo local.
9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.
10. Régimen Local Español. Principios constitucionales y regulación jurídica.
11. Organización y competencias municipales/provinciales.
12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. procedimiento de elaboración y aprobación.
13. Las formas de acción administrativa de las Entidades Locales. Evolución histórica, clases y caracteres.
14. Funcionamiento de los órganos colegiados Jocales. Convocatoria y orden del día: Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
15. Personal al servicio de la Entidad Local. La Función Pública Local: organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.
18. El presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.
19. Legislación informática: Ley Orgánica Reguladora del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal <LORTAD).
GRUPO II INTRODUCCIÓN Y GENERALIDADES
20. Generaciones y tipos de ordenadores.
21. La unidad central de proceso.
22. La memoria central.
23. Dispositivos de entrada / salida.
24. Medios de almacenamiento.
25. Representación de la Información.
ARQUITECTURA DE ORDENADORES
26. Arquitectura de Von Newman.
27. Procesamiento paralelo.
28. Esquemas de clasificación de arquitecturas.
29. Procesadores con segmentación encauzada y vectoriales.
30. Procesadores matriciales.
31. Sistemas multiprocesadores.
LENGUAJES DE PROGRAMACIÓN
32. Generalidades: Evolución y clasificación. Sintaxis y Semántica.
33. Traductores. Estructura de un compilador.
34. Metodología de la Programación: Estructuras de Decisión. Tipos de Datos. Subalgorítmos. Recursividad. Programación Estructurada.
35. Programación orientada a objetos. Programación orientada a eventos.
SISTEMAS OPERATIVOS
36. Generalidades y Tipos.
37. El Kernel.
38. Gestión de memoria.
39. Gestión de Entrada/Salida.
40. Gestión de ficheros.
41. Interfaz de usuario FICHEROS Y BASES DE DATOS
42. Ficheros: Generalidades y tipos.
43. Bases de datos: Diseño lógico. Tipos. Diseño físico. Protección de bases de datos.
44. Gestores de Bases de Datos relacionales: Estructura de datos relacional. Normalización. Algebra y cálculo relacional. SQL.
45. Gestores de Bases de Datos orientados a objetos.
46. Gestores de Bases de Datos distribuidas.


INGENIERíA DEL SOFTWARE
47. Generalidades.
48. Ingeniería de Sistemas de Ordenadores.
49. Planificación del Proyecto de Software.
50. Fundamentos del Análisis de requerimientos.
51. Métodos de Análisis de requerimientos.
52. Fundamentos del diseño del software.
53. Diseño orientado al flujo de datos.
54. Diseño orientado a la estructura de datos.
55. Diseño orientado a objetos.
56. Diseño en tiempo real.
57. Lenguajes de programación y codificación.
58. Garantía dé calidad del software.
59. Técnicas de prueba del software.
60. Mantenimiento del software y gestión de configuraciones.
61. Arquitectura de aplicaciones cliente/servidor.
COMUNICACIONES Y REDES DE ORDENADORES
62. Comunicaciones y redes de ordenadores: Modelo OSI (generalidades).
63. El nivel físico.
64. El subniveí de acceso al medio.
65. El nivel de enlace.
66. El nivel de red.
67. El nivel de transporte.
68. El nivel de sesión.
69. El nivel de presentación.
70. El nivel de aplicación.
71. Redes de transmisión: Área Local, Metropolitana y Área Extensa.
72. Evaluación y diseño de redes de área local.
73. Sistemas operativos de red: funcionalidades y ejemplos.
74. INTERNET: generalidades, protocolos, servicios, seguridad, software cliente. INTRANET. ORDENADORES PERSONALES
75. Sistemas operativos de ordenadores personales:
interfaces, gráficas de usuario. WINDOWS.
76. Intercambio de datos bajo WINDOWS.
77. Tendencias del desarrollo de aplicaciones en entornos abiertos.
78. Herramientas visuales de desarrollo de aplicaciones: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
79. Ofimática: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
SISTEMAS DE INFORMACIÓN
80. Generalidades. Definición, características, componentes y tipo de sistemas de información.
81. Sistemas de información documental: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
82. Sistemas de información geográfica: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
83. Sistemas de trabajo en grupo: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
84. Sistemas de control de tráfico: generalidades, características fundamentales y ejemplos.
85. Elementos para la construcción de un sistema de información en una administración territorial: población, territorio y organización.
INTELIGENCIA ARTIFICIAL
86. Concepto de Inteligencia Artificial. Áreas de investigación.
87. Resolución de problemas.
88. Representación del conocimiento.
89. Lenguajes de Inteligencia Artificial.
90. Sistemas expertos. Características. El motor de inferencia. Estructuras de control.


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Según contestación a consulta efectuada a la Agencia de Protección de Datos el 29/03/2004: "La publicación de datos personales en Internet constituye un tratamiento automatizado de datos personales. Por ello, se requiere el previo consentimiento de los titulares de los datos para esa publicación, salvo que los datos figuren, a su vez, en fuentes accesibles al publico (como los Boletines Oficiales)."

Página publicada desde 04/17/2020. Última actualización el 04/30/2020

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